Todos los individuos de una sociedad estamos regidos por normas reglas y leyes.
es importante tomar en cuenta los siguientes principios
Principio de Legalidad:
El principio de legalidad o primacía de la ley es un principio fundamental, conforme al cual todo ejercicio de un poder público debería realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción y no a la voluntad de las personas. Si un Estado se atiene a dicho principio entonces las actuaciones de sus poderes estarían sometidas a la constitución actual o al imperio de la ley.
También se pueden citar los Art. 15 de la constitución política y el Art 1 del código penal
Punible es un adjetivo que refiere a lo susceptible o merecedor de ser castigado. Un castigo, por otra parte, es una sanción o una pena que se aplica sobre quien incumplió una ley, una norma, etc. Esto quiere decir que una conducta punible es aquella que, por sus características, puede o debe recibir una punición.
Los hechos punibles son:
- Delitos
- Faltas
Clases de Delitos
- Graves
- Menos Graves
Clases de Penas: Art. 44 C Pn.
- Penas Principales
- Penas Accesorias
Para una mayor comprensión revisar la presentación PP , cortesía del CSSP.
Un hecho real es que las normas Jurídicas van cambiando de acuerdo a la evolución de la sociedad.
Perdón Judicial. Art, 372. Código Penal.
El juez podrá perdonar en la sentencia condenatoria al que por primera vez cometiere una falta, previa amonestación por parte de la autoridad juzgadora.
Responsabilidad Civil del hecho Punible.
El derecho civil regula la relación entre particulares sin intervención del estado el patrimonio y la propiedad.
El hecho punible conlleva consecuencias de responsabilidad civil la cual su objetivo es reparar y restituir el daño con la indemnización.
La responsabilidad civil debe cumplirse de las siguientes formas
- Responsabilidad Civil Solidaria
- Responsabilidad Civil Subsidiaria.
Extinción de la Responsabilidad Civil. Art. 125 CP.
La extinción de la responsabilidad penal no lleva consigo la extinción de la civil la cual se rige por las leyes civiles.
Es merecedor de importancia conocer que no se habla de lo mismo cuando mencionamos las leyes penales y civiles las cuales son regidas con una diferente entidad
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