Ley Orgánica del Sistema Nacional de Salud.
Congreso Nacional.
Considerando:
Que la salud es un derecho fundamental de las personas y una condición esencial del
desarrollo de los pueblos.
Que de conformidad con el artículo 42 (32) de la Constitución Política de la República.
el Estado garantizará el derecho a la salud, su promoción y protección por medio del
desarrollo de la seguridad alimentaria, la provisión de agua potable y saneamiento
básico, el fomento de ambientes saludables en lo familiar, laboral y comunitario y la
posibilidad de acceso permanente e ininterrumpido a los servicios de salud, conforme a
los principios de equidad, universalidad, solidaridad, calidad y eficiencia;
Que el artículo 45 (359) de la Constitución Política de la República, dispone que el
Estado organizará un Sistema Nacional de Salud, que se integrará con las entidades
públicas, autónomas, privadas y comunitarias del sector, el mismo que funcionará de
manera descentralizada, desconcentrada y participativa.
Quienes Componen el Sistema Nacional de Salud.
Es importante destacar que cada una de estas instituciones tienen sus propios leyes y reglamentos y su marco legal es congruente con el código de salud y la constitución de la República. en todo caso para su revisión completa se deberá remitir a la presentación del autor del CSSP.
Quienes Componen el Sistema Nacional de Salud.
- MINSAL. para la población en general. que es responsabilidad del estado.
- ISSS. para los cotizantes afiliados de empresas privadas y públicas.
- SANIDAD MILITAR (COSAM). para el régimen castrense.
- FOSALUD. fondo solidario para la salud, obtenido de impuestos a producto nocivos.
- ISRI. para la rehabilitación por invalidez
- ISBM. para el gremio docente.
- Otras Entidades.
Es importante destacar que cada una de estas instituciones tienen sus propios leyes y reglamentos y su marco legal es congruente con el código de salud y la constitución de la República. en todo caso para su revisión completa se deberá remitir a la presentación del autor del CSSP.