El Derecho penal es el saber jurídico que establece los principios para la creación, interpretación y así ejecutar la aplicación de las leyes penales (aun a los casos privados); propone a los jueces un sistema orientador de sus decisiones, que contiene y reduce el poder punitivo para impulsar el progreso del Estado constitucional de derecho.
Conjunto de reglas jurídicas establecidas por el Estado, que asocian el crimen como hecho, a la pena como legítima consecuencia - Franz von Liszt.
Toda sociedad requiere de leyes hace un equilibrio en las leyes, se enuncia como la creación de normas para regular el comportamiento de la sociedad.
Funciones del Derecho Penal:
- Función Represiva.
- Función Preventiva.
El Derecho Penal establece:
- Derecho publico.
- Conductas Delictivas.
- Penas
- Tribunales
- Jueces
- Proceso Penal.
La Teoría del Delito.
La teoría del delito emplea el método dogmático, consistente en identificar y sistematizar, a partir de los preceptos generales que establecen las bases fundamentales del Derecho Penal en un ordenamiento determinado, los elementos que son necesarios para afirmar la existencia de un hecho delictivo y determinar su relativa gravedad. De este modo la teoría del delito constituye un "sistema", una ordenación categorizada y secuenciada de todos los requisitos cuya concurrencia es necesario constatar para mantener que un sujeto cometió un delito.
TEORÍA DEL DELITO Y GARANTÍAS.
- Acción
- Tipicidad
- Antijuridicidad
- Justificación
- Culpabilidad
- Punibilidad
- Exterioridad
- Legalidad
- Lesividad
- Culpabilidad
- Proporcionalidad
FORMAS DE APARICIÓN DEL DELITO.
- Tentativa
- Delito Culposo
- Omisión
Para mayores detalles referirse a la presentación cortesía del CSSP.